TOLERANCIA CERO A LA REINCIDENCIA: VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ ENDURECE LAS PENAS PARA INFRACTORES DE TRÁNSITO

Quedo firme la modificación del Código de Faltas, que busca frenar la siniestralidad vial mediante un esquema de sanciones progresivas que incluye el aumento de multas hasta el 100% y la inhabilitación de licencias para conductores que repitan infracciones.

En un movimiento decidido para combatir la alta tasa de siniestralidad vial en el Concejo aprobó una reforma sustancial en el Código de Faltas local (Ordenanza N° 490/89) modificando el Artículo 162, agregado nuevas disposiciones centradas específicamente en la reincidencia.

​El argumento central de los ediles es contundente: las estadísticas de lesiones y muertes en la ciudad son alarmantes y las sanciones actuales han perdido su poder disuasorio frente a conductores que violan la norma repetidamente.

​El conductor en la mira, no el auto

​Uno de los cambios conceptuales más importantes de la reforma es la definición de reincidente. La nueva redacción del Art. 162 establece que «será considerado reincidente el conductor o ejecutor de la infracción, nunca el vehículo».

​Esto termina con la lógica de penalizar al dominio del auto, poniendo la responsabilidad total sobre la conducta humana. Se considerará reincidencia cuando se cometa una nueva falta tras haber sido sancionado anteriormente en cualquier jurisdicción, bajo los siguientes plazos:

​Faltas Moderadas: Dentro de un año.

Faltas Graves: Dentro de los 6 meses.

​A más infracciones, multas más caras

​El nuevo esquema, detallado en el incorporado Artículo 162 ter, establece un sistema escalonado que golpeará el bolsillo de los infractores habituales:

​Primera reincidencia: La multa aumenta un 50%.

Segunda reincidencia: El valor de la multa se duplica.

Tercera reincidencia en adelante: Queda a criterio del Juez de Faltas aumentar las sanciones y, crucialmente, se habilita la inhabilitación para conducir.

​¿Cuándo te pueden quitar el carnet?

​El proyecto es severo con las Faltas Graves. A partir de la tercera reincidencia, se sugiere la suspensión de la licencia:

​3ª vez: Desde 6 meses.

​4ª vez: Desde 12 meses.

​5ª vez: Desde 18 meses (obligatorio).

​Incluso para las faltas moderadas, si la acumulación es significativa, el Juez podrá suspender la licencia por un mínimo de 3 meses.

​Medidas ante lesiones culposas

​El despacho también introduce el Artículo 162 quarter, enfocado en accidentes con víctimas. Si se producen lesiones culposas, el conductor podrá ser inhabilitado preventivamente hasta que demuestre, mediante un nuevo examen en la Dirección General de Tránsito, que está en condiciones de manejar. Además, será obligatorio realizar un curso de reeducación vial para recuperar la licencia.

​Fundamentos: Educar y Prevenir

​En los considerandos del dictamen, la Comisión destacó que «la sociedad y sus costumbres no son estáticas», y que la normativa debe evolucionar. Se hizo hincapié en que repetir una conducta peligrosa «muestra una falta de respeto por las reglas y la seguridad colectiva».

​Con este despacho favorable, el proyecto fue tratado y aprobado armonizando la legislación local con la Ley Nacional de Tránsito y buscando urgentemente, una convivencia más segura en las calles de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez

Entradas relacionadas

Deja tu comentario