


RESERVA NATURAL
MANEJADA – SANTUARIO DE FLORA Y FAUNA
Si bien es expresado claramente en los visto y considerando expuestos y aprobados por unanimidad por todos los concejales presentes, sería decepcionante que fuera otra de las tantas promesas políticas incumplidas, la reserva ha sido y es muy codiciada para negocios y otros fines que no son para lo que está destinada, es más algunas autoridades no tiene en claro el verdadero límite de la misma. ( Ver fondo de nota la foto de Dialoguitos inconducentes y leer los comentarios de quines participan de dicho debate)
Expte. N° 7.714/22
VISTO:
La Ley 2.756,
La Ordenanza Nº 2.541/18, de regularización usos y medidas protección reserva ecológica.
Decreto Ley Provincial N° 6.758/71, de transferencia de tierras a los Municipios de Rosario y de
Villa Gobernador Gálvez para la constitución del Parque Regional Sur.
La Ley Provincial N° 12.175, de Áreas Naturales Protegidas.
Ordenanza N° 1.093/95 de Declaración de zona de reserva ecológica y área protegida del Parque
Regional Sur,
La Ordenanza 2878/22, del día municipal de la bicicleta y recorridas en bicicleta por el Parque
Regional, y
CONSIDERANDO:
Que las tierras pertenecientes al Parque Regional por medio de la ordenanza Nº 1.093/95 de este
Concejo fueron declaradas como “Reserva Ecológica y Área Protegida”; tomando como referencia dicha
normativa la zona comprendida se encuentra entre “el Arroyo Saladillo, la Avda. San Martín y la traza de
la Avda. Circunvalación”
Que para el año 2018, por medio de la ordenanza 2.541, se regulan los usos y medidas de
protección de esta “Área Natural Protegida” y también se la contempla como RESERVA NATURAL
MANEJADA – SANTUARIO DE FLORA Y FAUNA, según lo establecido en el artículo N°37 de la ley
provincial N° 12.175 de Áreas Naturales Protegidas.
Que aproximadamente unas 12 hectáreas de dicha área fueron utilizadas para el emplazamiento
del Parque Regional de Villa Gobernador Gálvez; destinadas al uso recreativo con la construcción de
parrilleros, sanitarios, vestuarios, quinchos, salón para fiestas, granja con animales de corral, vivero,
pileta de natación, canchas de fútbol, tenis, hockey, voleibol, bochas, etc.
Que el espacio restante consta de una superficie aproximada 89 hectáreas donde se encuentra un
ambiente natural de característica virgen, que en los considerandos de la ordenanza 2.541 se destaca que
“La enorme biodiversidad que se encuentra al interior de la reserva es llamativa al tratarse de un
espacio que limita con 2 grandes ciudades. En una primera aproximación, se han contabilizado más de
180 especies vegetales, 100 especies de aves, por lo menos 10 de reptiles y 5 de mamíferos, así como una
innumerable variedad de invertebrados. Esta riqueza se debe a que se trata de uno de los últimos relictos
de “Talar de Barranca” en el sur provincial (un ambiente que ha sido muy modificado). Además, la
cuenca del Saladillo al unirse con el río Paraná constituye un importante corredor biológico para esta
zona”.
Que durante mucho tiempo, a través de guardafaunas locales y organizaciones ambientales, se
han realizado recorridas en este espacio, siendo de suma importancia pero no contando las mismas con
una institucionalización.
Que a partir del corriente año el Departamento Ejecutivo Municipal se encuentra llevando
adelante un proyecto pedagógico en las instalaciones de la Granja Educativa del Parque Regional. El
mismo requirió una importante inversión y readecuación de la infraestructura para poder recibir a niños y
niñas, así como instituciones educativas de la ciudad.
Que, por ello, en dicho marco, sería propicio que el Departamento Ejecutivo Municipal
implemente un programa que establezca circuitos de recorridas guiadas en la reserva ecológica de Villa
Gobernador Gálvez, con el objetivo de contemplar la flora y fauna del lugar, y así fomentar la educación
ambiental entre la población visitante y que la ciudadanía pueda disfrutar de su patrimonio natural, único
en la región.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.700/2.022
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la
secretaría que corresponda, inicie un programa que establezca circuitos de recorridas guiadas en la
reserva ecológica de Villa Gobernador Gálvez; con el objetivo de contemplar la flora y fauna del lugar, y
fomentar la educación ambiental entre la población sobre el valor de dicho espacio.
ART.2°) En una primera etapa el Departamento Ejecutivo Municipal deberá establecer un circuito guiado
de un recorrido de una corta duración, para luego implementar un circuito de mayor extensión. Para el
establecimiento de dichos circuitos guiados se tomará como referencia el plano que obra adjunto en el
presente proyecto, donde deberán colocarse señaladores de especies, recorridos, y miradores y medidas de
seguridad a tener en cuenta.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de julio de 2.022.
Nota de redacción: DIALOGUITOS INCONDUCENTES
