PRISIÓN EFECTIVA POR ABUSO DE ARMAS Y AMENAZAS CALIFICADAS

En el día de la fecha martes 23 de junio de 2020 mediante videoconferencia el Juez de Primera Instancia Dr. Carlos Leiva resolvió homologar el procedimiento abreviado condenando a Marcos Pedro Rodriguez Jonatan Leonardo Lencina a la pena de 3 años y 6 meses de prisión efectiva por los delitos de Abuso de armas, Amenazas calificadas por el uso de arma de fuego, ambos en concurso ideal en concurso real con el delito de Portación de arma de fuego de guerra en calidad de coautores. Además a Rodríguez se le revoca la condicionalidad de una pena anterior y se la unifica condenándolo a la pena única de 5 años y 6 meses de prisión efectiva.

La Fiscal Dra. Juliana González de la Unidad de Investigación y Juicio por hecho del 03/10/2018 entre las 20.30hs y las 21.45hs aproximadamente en calle Pje.. 4 y Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez, cuando ambos se trasladaban a bordo de una motocicleta tipo 110cc. Rodríguez conducía la misma, mientras que Lencina iba de acompañante en momentos detienen la marcha y Lencina desciende del rodado y proceden a efectuar, entre 12 y 13 disparos aproximadamente con un arma de fuego calibre 9 mm, en dirección a la víctima y 5 familiares que se encontraban en la vereda en la puerta de su vivienda, dándose a la fuga posteriormente. Asimismo se le imputa en las mismas circunstancias de tiempo, modo y lugar haber portado sin contar con la debida autorización legal un arma de fuego calibre 9 mm, arma ésta que poseían desde momento indeterminado pero que fue utilizada por ambos en forma sucesiva, primero por uno y luego por el otro, en el momento de efectuar los disparos contra las personas mencionadas, con el fin de infundir temor en éstos amenazándolos de muerte, procediéndose al secuestro 9 vainas servidas calibre 9 mm, marca Luger en el lugar

Rodríguez posee una condena anterior de 2 años de prisión condicional de fecha 11/05/2018 por ser responsable del delito de Tenencia ilegitima de arma de fuego de guerra que adquirió firmeza en fecha 29/05/2018. Por eso se la unifica con la presente y se lo condena a la pena único de 5 años y 6 meses de prisión efectiva.

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